Nueva norma de retenciones ITBIS 2026: qué deben saber y hacer las empresas dominicanas
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Nueva norma de retenciones ITBIS 2026: qué deben saber y hacer las empresas dominicanas

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Pleelo Team
•June 10, 2026•7 min read
💡TL;DR

Las empresas dominicanas enfrentan en 2026 un esquema de retenciones de ITBIS más exigente, con tasas que van del 2% al 100% según el tipo de servicio, nuevas obligaciones de reporte semanal para agentes de adquirencia y la entrada en vigor de la factura electrónica (e-CF) como capa de control automático. Incumplir implica multas, rechazo de créditos fiscales y sanciones acumuladas. Llevar los registros en orden desde el inicio es la única forma de evitar sorpresas al declarar.

Guía completa sobre las normas vigentes de retenciones de ITBIS en 2026 para empresas dominicanas: tasas, plazos, sanciones y cómo cumplir sin errores.


Imagina esta escena: el contador de una empresa de servicios profesionales en Santiago revisa la declaración mensual del IT-1 y detecta que durante tres meses consecutivos no reportaron las retenciones de ITBIS correspondientes a honorarios pagados a consultores. El monto no retenido asciende a RD$180,000. La DGII ya tiene los e-CF en su sistema —registrados en tiempo real— y la diferencia entre lo declarado y lo recibido salta automáticamente. El resultado: multas, recargos por mora del 2% mensual y, lo más costoso, la pérdida del crédito fiscal de esas compras.

Este escenario no es hipotético. Con la consolidación del sistema de comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) y las Normas Generales vigentes de la DGII, las inconsistencias entre lo que una empresa retiene y lo que reporta quedan expuestas de manera automática. En 2026, cumplir con las retenciones de ITBIS no es solo una obligación legal: es la única manera de proteger el flujo de caja y los créditos fiscales de tu empresa.

Si administras una empresa en República Dominicana —ya sea una PYME de servicios, una firma comercial o una entidad que procesa pagos electrónicos— esta guía te explica exactamente qué aplica, cuánto retener, cuándo reportarlo y cómo evitar los errores más comunes.


¿Qué son las retenciones de ITBIS y por qué importan en 2026?

El ITBIS es el impuesto sobre transferencias de bienes industrializados y servicios en República Dominicana, con una tasa general del 18%. Las retenciones de ITBIS son un mecanismo por el cual ciertos compradores o pagadores están obligados a deducir una parte de ese impuesto en el momento del pago, en lugar de esperar a que sea el proveedor quien lo declare.

¿Por qué cobran más relevancia en 2026? Porque la DGII ha cerrado el ciclo de control: cada comprobante fiscal electrónico (e-CF) emitido o recibido queda registrado en sus servidores en tiempo real. Si tu declaración de ITBIS no coincide con los e-CF que la DGII ya tiene, el sistema lo detecta automáticamente. Ya no existe margen para diferencias sin justificación.

Además, la prórroga concedida para la facturación electrónica de pequeñas y microempresas vence el 15 de noviembre de 2026. Pasada esa fecha, operar sin e-CF equivale a emitir comprobantes sin validez fiscal.


Las tasas de retención vigentes que toda empresa debe conocer

El marco legal actual establece distintas tasas según el tipo de servicio o la naturaleza de la operación:

ConceptoTasa de retención
Servicios profesionales liberales (entre sociedades)30% del ITBIS facturado
Servicios de alquiler de bienes muebles30% del ITBIS facturado
Servicios gravados pagados a entidades sin fines de lucro100% del ITBIS facturado
Transacciones electrónicas (afiliado activo en DGII)2% del monto facturado
Transacciones electrónicas (afiliado sin RNC activo, operación ≥ RD$300,000)18% del monto facturado
Transacciones electrónicas (afiliado sin RNC activo, operación < RD$300,000)2% del monto facturado

El dato clave: la tasa del 30% sobre el ITBIS facturado aplica cuando una sociedad paga honorarios profesionales a otra sociedad. No se trata del 30% sobre el monto bruto, sino sobre el valor del ITBIS incluido en la factura. Si el honorario es RD$100,000 más RD$18,000 de ITBIS, la retención es RD$5,400 (30% de RD$18,000).


La Norma General 06-23 y el nuevo rol de los procesadores de pago

Uno de los cambios estructurales más importantes para negocios que aceptan pagos con tarjeta o plataformas digitales es la Norma General número 06-23 de la DGII. Esta norma designa como agentes de retención y percepción del ITBIS a:

  • Empresas de adquirencia (procesadoras de tarjetas de crédito y débito)
  • Agregadores de pagos
  • Entidades de pagos electrónicos
  • Administradores de redes de cajeros automáticos

Esto significa que si tu negocio cobra a través de tarjeta o billetera electrónica, la retención se aplica sobre los pagos que recibes, no sobre los que haces. El procesador deduce automáticamente el porcentaje correspondiente antes de acreditarte los fondos.

La obligación de reporte para estas entidades es semanal: deben remitir el archivo de transacciones cada viernes, cubriendo el período de viernes a jueves de la semana anterior. Para los negocios afiliados, el impuesto retenido aparece como pago a cuenta que se reporta en la casilla No. 27 del Anexo A del formulario IT-1.


Plazos de declaración y formularios obligatorios

El cumplimiento puntual es tan importante como retener correctamente. Los puntos críticos son:

  • Formulario IT-1 (Declaración Jurada del ITBIS): debe presentarse dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al período a declarar.
  • Las retenciones realizadas durante el mes se reportan en las casillas 47 y/o 48 de la sección A del IT-1, según corresponda al tipo de retención.
  • El impuesto que te retuvieron a ti se reporta como crédito en la casilla 27 del Anexo A.
  • Los agentes de retención bajo la NG 06-23 deben remitir el Formato 200 de manera semanal a través de la Oficina Virtual de la DGII.

No presentar a tiempo tiene costo: la DGII aplica recargos del 2% mensual sobre el impuesto no pagado y multas adicionales por declaraciones tardías. En casos de incumplimiento recurrente, las sanciones escalan y pueden derivar en el bloqueo de RNC.


Los errores más comunes y cómo evitarlos

Conocer la norma no basta si el proceso interno de la empresa falla. Estos son los puntos de quiebre más frecuentes:

  • No retener al pagar honorarios profesionales: muchas empresas pagan a consultores, abogados o contadores sin aplicar la retención del 30% sobre el ITBIS, asumiendo que corresponde al proveedor declararlo. La obligación recae en quien paga.
  • Confundir la base de retención: la retención es sobre el valor del ITBIS, no sobre el monto bruto del servicio. El cálculo incorrecto genera diferencias que la DGII detecta al cruzar el e-CF con la declaración.
  • No cruzar las retenciones recibidas con los e-CF: si un cliente te retuvo ITBIS y no lo reportó en tu IT-1 como pago a cuenta, estás pagando un impuesto que ya fue adelantado.
  • Proveedores con RNC inactivo: si pagas a un proveedor cuyo RNC está suspendido o dado de baja, la responsabilidad del porcentaje mayor (18% en operaciones significativas) puede recaer en ti.

Cómo te Ayuda Pleelo

Gestionar retenciones de ITBIS de forma manual —con hojas de cálculo o archivos dispersos— es exactamente el tipo de proceso que genera errores costosos. Pleelo centraliza tus compras, pagos a proveedores y facturas emitidas en un solo lugar, calculando automáticamente las retenciones aplicables según el tipo de operación y generando los reportes listos para el IT-1.

"Antes cerrábamos el mes con el contador revisando tres hojas de cálculo distintas para cuadrar las retenciones. Con Pleelo, el resumen de retenciones de ITBIS ya está calculado cuando llegamos a la declaración. Nos ahorra dos días de trabajo y nos da la tranquilidad de que los números cierran." — Gerente de administración, empresa de servicios profesionales, Santo Domingo.

Con Pleelo puedes registrar cada pago a proveedores con su tipo de comprobante, identificar automáticamente qué operaciones generan retención, y mantener un historial auditable que puedas presentar ante cualquier fiscalización de la DGII.


Pasos concretos para poner tu empresa en orden ahora mismo

  1. Audita tus proveedores activos: verifica el estado de cada RNC en la Oficina Virtual de la DGII. Proveedores inactivos = riesgo de retención elevada.
  2. Revisa tus pagos del año: identifica todos los pagos por servicios profesionales o alquiler de bienes muebles y confirma que se aplicó la retención del 30% sobre el ITBIS.
  3. Cruza tus retenciones recibidas: compara los certificados de retención de tus clientes con lo declarado en tus IT-1. Cualquier diferencia debe corregirse.
  4. Habilita e-CF antes del 15 de noviembre de 2026: si aún no eres emisor electrónico, este es el plazo final para pequeñas y microempresas. No esperes al último mes.
  5. Centraliza el registro en un sistema: llevar las retenciones en una plataforma integrada elimina el error humano y facilita la auditoría.

El cumplimiento fiscal no tiene que ser una fuente de estrés si tienes los procesos correctos. La DGII ha construido un sistema de control en tiempo real —tú necesitas un registro interno que esté a la misma altura.


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